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08/05/2017 06:35 AM
| Por Elizabeth Ostos (@ElizabethOstos) /BancayNegocios.com (@bancaynegocios)

Freddy Gutiérrez en #YotePregunto: Propuesta de ANC de Maduro violenta la Carta Magna

Freddy Gutiérrez en #YotePregunto: Propuesta de ANC de Maduro violenta la Carta Magna

Para el doctor en derecho y ex constituyentista de 1999, Freddy Gutiérrez Trejo, la convocatoria de una nueva Asamblea Nacional Constituyente, no procede pues “no se están cumpliendo los procedimientos establecidos en la Carta Magna vigente”.

Explicó a Banca y Negocios que para convocar una ANC “es indispensable convocar un Referendo porque el pueblo es el titular de la soberanía”. Así lo establece el artículo 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).

“Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico”.

-La propuesta de Maduro hace al menos nueve consideraciones que debe debatirse en la Constituyente comunal, ¿Qué plantea la CRBV en ese sentido?

– La propuesta de Maduro es ilegal, algunos señalan que es fraudulenta. El artículo 347 del texto constitucional vigente es muy claro y señala cuáles con los objetivos de una ANC: transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Ni un punto más.

-¿Quiénes pueden convocar a una nueva ANC? En el sector oficial aseguran que es solo el Presidente de la República.

– El artículo 348 expresa taxativamente que los convocantes pueden ser: el Presidente de la República, la Asamblea Nacional, cualquiera de los Consejos Municipales, el 15% de los electores inscritos en el REP. El que aprueba si la ANC va o no va es el pueblo, en una elección libre, universal, directa y secreta, como lo señala el artículo 63 de la Carta Magna vigente.

– Pero la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, recibió la solicitud de Maduro y dio como un hecho una eventual consulta que elija a nuevos constituyentistas como paso nuevo a escribir una nueva Constitución…

– Las sociedades deben regirse por normas y reglas. El pacto social que está vigente en Venezuela es la CRBV, la cual fue aprobada en una consulta popular en diciembre de 1999. La Sra. Lucena debe cumplir con sus obligaciones y convocar al Referendo Revocatorio, que fue suspendido el año pasado por excusas banales. También debe convocar las elecciones de Gobernadores aplazadas indefinidamente en 2016 y preparar las de Alcaldes y Concejales previstas para 2017, además de las elecciones presidenciales de 2018. La propuesta de Nicolás Maduro Moros no tiene asidero, no es legal. El presidente que está decidido a cambiar las reglas del juego en medio del juego.

Creciente aislamiento

El abogado Gutierrez Trejo, quien represento al MVR y al estado Miranda en la Constituyente de 1999, advierte que el Gobierno de Venezuela “se aislaría más de los países y sociedades democráticas del mundo, si impone su propuesta. Este proceso se igualaría a regímenes autoritarios como el Fascismo Italiano y el encarnado en la República de Weimar, en la etapa pre nazi entre 1918 y 1933”.

-El decreto consignado en el CNE plantea elecciones de segundo grado ¿Qué opina al respecto?

– En efecto, la convocatoria señala que habría con votación directa y secreta, esto bajo los ámbitos sectoriales que decida el Consejo Nacional Electoral (CNE). Sería un disparate si el Consejo Nacional Electoral avale esta propuesta inconstitucional. Además de lo establecido en la Carta Magna, es una tradición de la vida republicana de esta nación el que las elecciones sean universales, directas y secretas. En el artículo 63 de la Crbv se establece claramente que toda elección debe ser libre, universal, directa y secreta.

La CRBV en cápsulas

Una ANC electa según los parámetros de la CRBV puede asumir temporalmente el poder supremo de la República por encima de todos los poderes públicos.

En abril de 1999 se efectuó una consulta a los venezolanos sobre convocar a una ANC. La propuesta fue aprobada por amplia mayoría

La única ANC que se ha activado en el país se eligió el 25 de julio de 1999, con 133 Constituyentistas más tres en representación de las comunidades indígenas.

La ANC se instaló el 3 de agosto de 1999 y sus integrantes trabajaron más de cuatro meses para redactar la nueva Carta Magna

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela fue aprobada el 15 de diciembre de 1999.

@ElizabethOstos

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