02/10/2026 06:07 PM
| Por Banca y Negocios

TSJ derogó cobros que encarecían el tránsito de contenedores en aduanas de La Guaira y Carabobo

La Sala Constitucional del TSJ suspendió la aplicación de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales aplicados al movimiento de mercancías en los corredores aduaneros de La Guaira y Carabobo.

TSJ derogó cobros que encarecían el tránsito de contenedores en aduanas de La Guaira y Carabobo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales que afectaban el tránsito de contenedores y la operación logística de los corredores aduaneros de La Guaira y Carabobo, considerados como los más importantes del país.

La ponencia de la magistrada Tania D’Amelio Cardiet eliminó sin excepciones y a partir de la fecha de la publicación de la sentencia  la aplicación de estos cargos a la mercancía movilizada, por estas jurisdicciones aduaneras.

Aspectos claves de las sentencias

La Sentencia número 0931 de la Sala Constitucional señala que, en la aduana de La Guaira, se surprime el cobro del denominado «Aporte Social» a favor de la empresa estatal Vargas Containers, C.A. por el uso superficial y traslado de contenedores en vías terrestres (Decreto Ejecutivo N° 037-2020).

Igualmente, suspendió el artículo 8 del Decreto N° 041-2020, relativo a cobros y medidas de bioseguridad regionales aplicadas a puertos, aeropuertos y contenedores.

En lo que corresponde al corredor aduanero del Estado Carabobo, la magistra D’Amelio Cardiet suspendió los artículos 10 y 11 del Decreto N° 355 (2026) del Gobernador del estado Carabobo.

Igualmente, dejó sin efecto Las alianzas estratégicas y comerciales suscritas con las empresas G & G SAFE SERVICE, C.A. y OCEAN CARIBEAN LOGISTICS SERVICE, C.A., así como los Avisos Oficiales vinculados.

Beneficios claves para el comercio exterior y la economía

Esta sentencia del máximo tribunal de la República generan beneficios relevantes para el desarrollo del comercio exterior y, por ende, de toda la economía.

Entre estos elementos positivos destacan:

– Facilitar el comercio internacional y logística nacional: Se eliminan alcabalas administrativas, esquemas de exclusividad y sobrecostos por tránsito terrestre de contenedores desde los principales puertos marítimos (Puerto Cabello y La Guaira), lo que agiliza los tiempos de despacho y transporte de carga.

– Reducción de costos e impacto en precios al consumidor: Al suprimir cobros regionales al contenedor e intermediaciones en servicios logísticos, se reduce de manera directa el landed cost (costo total de importación). Esta disminución del costo logístico evita la presión inflacionaria sobre los bienes importados y materias primas en el anaquel.

– Seguridad jurídica y garantía de libre tránsito: El pronunciamiento ratifica el marco constitucional en materia aduanera y tributaria, impidiendo la superposición de tributos o cobros locales no contemplados en la legislación nacional, garantizando reglas claras para importadores, exportadores y operadores logísticos.

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