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08/10/2020 07:20 PM

Sudeban aprueba segunda prórroga de medidas administrativas sobre el BOD por 120 días

Sudeban aprueba segunda prórroga de medidas administrativas sobre el BOD por 120 días

La Superintendencia de Bancos pospuso por segunda vez las medidas administrativas de supervisión que pesan sobre el BOD, a partir de los problemas que la institución ha presentado con las filiales internacionales del grupo financiero. La nueva extensión aplica por 120 días.

En general, la nueva disposición contenida en la Gaceta Oficial N° 41.980, fechada el pasado 6 de octubre, contiene las mismas restricciones que se establecen en la medida original: realizar nuevas inversiones, decretar pago de dividendos, captar fondos a plazos, abrir nuevas oficinas en el país o en el exterior, adquirir acciones o participaciones en el capital social de instituciones bancarias constituidas o por constituirse en el exterior.

Además, también el BOD tiene prohibido: adquirir, ceder, traspasar o permutar inmuebles, así como la generación de gastos por concepto de remodelaciones a los propios o alquilados y liberar sin autorización de la Superintendencia provisiones específicas y genéricas.

Igualmente, la Sudeban se reserva la potestad de designar supervisores con derecho a veto en la institución y tomar cualquier otra decisión adicional que «considere necesaria para el correcto funcionamiento de la entidad bancaria».

Estas medidas «administrativas en protección y aseguramiento de los fondos de los usuarios venezolanos» están vigentes desde el 10 de octubre de 2019 y fueron prorrogadas en abril, de manera que el BOD cumple un año con este régimen que no se denomina de intervención y que, en su momento, el presidente de la institución Víctor Vargas Irausquín calificó de un procedimiento normal y que de ninguna manera afecta el funcionamiento del banco en el país.

– El origen –

Las medidas administrativas son resultado de los problemas que el Grupo Financiero BOD confronta con el Banco del Orinoco NV en Curazao, que es objeto de un polémico proceso de liquidación, y el BOI Bank en Antigua.

La filial panameña del conglomerado, AllBank Corp, también había sido intervenida, pero una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de ese país, dictada el pasado 25 de agosto, ordenó proceder con el juicio de nulidad, solicitado por el BOD, contra la medida de liquidación que había ordenado la Superintendencia de Bancos de Panamá.

El 12 de septiembre del año pasado, la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) ordenó las primeras medidas de supervisión administrativas sobre el BOD, las cuales fueron suspendidas por el Tribunal Supremo de Justicia, el día 3 de octubre. Sorpresivamente, el ente regulador bancario las reaplicó en resolución fechada el 12 de octubre, sin que el TSJ hiciera ningún tipo de reparo.

Estas disposiciones son preventivas en el sentido de proteger a los depositantes del BOD en Venezuela de cualquier efecto adverso que pudiera derivarse de los procesos de intervención de las filiales del grupo en el exterior. La Sudeban ordenó una serie de medidas que la entidad debía tomar, en función de asegurar la cobertura de cualquier contingencia.

El presidente del banco, Vargas Irasquín, negó en su oportunidad la existencia de cualquier riesgo para los depositantes e inversionistas locales. El banco opera con normalidad y su acción se cotiza sin inconvenientes en el Bolsa de Valores de Caracas.

– Sin embargo, la Sudeban… –

No obstante, la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario sostiene en la nueva prórroga que luego de un año de vigencia de estas medidas, el banco «no presentó un Plan de Recuperación viable y acorde a su situación financiera», a pesar de las «múltiples prórrogas para su cumplimiento».

Tampoco atendió completamente las recomendaciones sobre la gestión de la cartera de créditos, ya que el BOD alegó poseer «una sólida condición financiera».

Así mismo, el regulador indicó que «persisten deficiencias» en la propuesta de capitalización presentada por la entidad, a la par de detectar otros incumplimientos administrativos, que obligaron a la prórroga adicional.

Sudeban Gaceta Bod by Armando Pernía on Scribd

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