Seniat simplifica trámites para facilitar el comercio internacional
Román Maniglia, superintendente del Seniat, informó que desde este 14 de septiembre la institución suprimió la solicitud de documentos físicos que forman parte de los expedientes de los auxiliares de aduanas.
El superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), Román Maniglia, anunció un conjunto de medidas con las cuales la institución avanza en la simplificación de trámites para agilizar y facilitar el comercio internacional.
Indicó que las medidas tienen el objetivo de agilizar la gestión en la recepción y tránsito de mercancías tanto para importación como exportación. Esto «permitirá acortar los tiempos de respuesta y optimizar el uso de recursos mediante la validación y verificación en los sistemas propios del Seniat o con aquellos con los que nos iremos interconectando», dijo.
En ese sentido, a través de sus redes sociales oficiales, Maniglia explicó que desde este 14 de septiembre la institución suprimió la solicitud de documentos físicos que forman parte de los expedientes de los auxiliares de aduanas, entre los que destacó: copia de la cédula de identidad, Registro de Información Fiscal (RIF) y declaraciones del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).
Añadió documentos como Registro Mercantil que ya haya sido consignado y esté vigente y documentos que se encuentran en el Sistema Aduanero Automatizado (SIDUNEA) entre los que resaltó «la DAI, planillas y soportes de pagos, originales de documentos que ya cuentan con código QR como regímenes legales, documentos del SAREN, licencias de actividades económicas.
Maniglia explicó que tampoco se requerirán poderes que ya fueron recibidos por la aduana respectiva y estén vigentes, planillas y soportes de pago de tasas por consultas de clasificación arancelaria y de valoración, así como formatos internos utilizados por los funcionarios para la conformación de expedientes como hojas de rutas, índices, etc.
«Adicionalmente, activamos los criterios de selectividad para el reconocimiento y verificación de mercancía, permitiendo que aquellos catalogados en verde no sean objeto de reconocimiento documental y físico, por lo cual serán despachadas de forma expedita, el canal amarillo sólo será objeto de reconocimiento documental y al canal rojo se le aplicará el reconocimiento físico–documental, en consistencia con las buenas prácticas internacionales», puntualizó.
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