Rector Rondón: Renovación de partidos no afecta elecciones
El rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón, reiteró este viernes la “obligación constitucional” de realizar las elecciones para alcaldes y gobernadores establecidas para este año por el ente electoral, pero que debieron realizarse, dijo, antes del 16 de diciembre de 2016.
“Es muy importante que los venezolanos estén en conocimiento de todo estos aspectos procedimentales de los antecedentes para que en definitiva puedan evaluar correctamente cada una de las circunstancia que estamos atravesando”, agregó el funcionario público durante una entrevista en el programa En Sintonía de Unión Radio.
Para Rondón los lapsos establecidos para el Poder Electoral para la renovación de las organizaciones políticas “no son los más adecuados”, por lo que calificó esta acción del organismo como un “chiste de mal gusto” e indicó, en cambio, que el CNE debe garantizar la participación política.
“Esto es una cosa que en nada contribuye al ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos a la libre asociación y que en este caso el poder electoral está obligado a cumplir”, apuntó Rondón al tiempo que expresó que se deberían ampliar a 14 o 15 mil los puntos dispuestos para el referido proceso.
Descartó, asimismo, que la renovación de partidos políticos pueda interrumpir las elecciones regionales, tal como anunció la rectora Tania D’Amelio, por lo que manifestó que se debe “privilegiar” el proceso electoral.
En ese sentido, subrayó que este procedimiento «administrativo» no es impedimento para que el ente comicial anuncie, en los próximos días, la convocatoria a las elecciones regionales fijadas para este año por la presidenta del CNE, Tibisay Lucena durante su anuncio del 18 de octubre de 2016.
“La legislación venezolana es muy clara en el sentido de que el ejercicio de los derechos políticos que son de rango constitucional está jerárquicamente por encima de cualquier procedimiento de orden legal, de orden reglamentario (…)”, señaló.
De acuerdo con Rondón, estos procesos de renovación de organizaciones políticas “nunca” han afectado unas elecciones, por ello, recordó que durante el año 2006 el Poder Electoral difirió hasta el 2007 un proceso similar para “privilegiar” la participación ciudadana consagrada en la Constitución de la República a las elecciones presidenciales previstas para esa fecha.
Para el funcionario, es un “contrasentido” que el texto constitucional ahora amplíe la posibilidad de tener doble nacionalidad, en alusión a la sentencia del TSJ sobre la aspiración al cargo de la presidencia de la República, pero que se “prohíba” la doble militancia en partidos políticos.
A ese respecto, aseveró que la sentencia del Poder Judicial del 2016 sobre la prohibición de la doble militancia en partidos políticos “distorsionó lo que ha sido un procedimiento administrativo ordinario» porque actualmente pareciera, dijo, que las organizaciones políticas están “canceladas” de derecho hasta tanto no acudan al proceso convocado por el CNE.
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