spp_header_2
17/03/2021 09:45 AM
| Por Por: Enrique González

Expertos | Por qué los "vales" de vuelto no constituyen una práctica abusiva

Expertos | Por qué los «vales» de vuelto no constituyen una práctica abusiva

Aun cuando existe un refrán que dice que “el sentido común es el menos común de los sentidos”, en muchos casos referidos al ámbito económico y sus problemas en Venezuela, sólo bastaría con aplicar un poco de sentido común; siempre y cuando obviemos como deliberada la crisis económica, por ejemplo, como medio de sumisión y subordinación social.

Lo anterior significa que incluso siendo legos, sin formación técnica en materia económica, cierta lógica y algunos razonamientos pueden elaborarse con enorme posibilidad de acierto en solucionar ciertos problemas económicos o cuando menos entender, primeramente, la naturaleza de ellos.

Por ejemplo, los problemas públicos, sean porque constituyen un mal público -lo contrario a un bien público– y problemas significativos y recurrentes del tipo externalidades negativas ante la presencia de costos transaccionales que dificulten o imposibiliten acuerdos y arreglos bilaterales, voluntarios y mutuamente convenientes, pueden resolverse a través de acciones públicas centralizadas, toda vez que las soluciones individuales no resultan ni privada ni socialmente eficientes, ya que constituirían en el mejor de los casos un second best y no un first best.

Solo para traer a colación un ejemplo de los numerosos males públicos en materia económica en Venezuela, que “sólo” encontrarían solución centralizada y eficiente en actuaciones de política pública -control de la inflación y/o dolarización legal-, y que los particulares han buscado formas de salidas parciales e imperfectas, ante la ausencia de las primeras, comentaremos el caso de los mecanismos de vuelto o cambio por medio de una especie de tarjeta prepagada para ser utilizada en el mismo comercio posteriormente, una suerte de saldo a favor del consumidor.

Obviemos por un momento la emisión descentralizada, no pública, de monedas virtuales, que requeriría igualmente la aceptabilidad generalizada del público como equilibrio, y que no ha terminado de funcionar como medio de pago, adicionalmente a sus eventuales temas operativos y prácticos derivados de brechas digitales, etc.

La hiperinflación y la destrucción de poder de compra del bólivar al punto de perder sus cualidades como moneda y medio de pago, “obligando” a los particulares a adoptar al dólar estadounidense como medio de pago por constituir una moneda dura, es un mal público del cual sufren los particulares en su rol de consumidores o de oferentes igualmente. La eventual falta de efectivo de baja demoninacion en dólares para realizar cambios o dar vueltos constituye un problema derivado del anterior.

El esfuerzo y la “innovación” que ciertos comercios, como la cadena de tiendas Beco, intentaron introducir por medio de vales “preparados” a través de los cuales reflejar el vuelto, el cambio o un saldo a favor del consumidor, no tendrían por qué ser considerados un ilícito del tipo abusivo.

Dicha aseveración la realizamos para advertir y evitar que pudiera pensarse en sanciones administrativas a comercios que, con buena fe e intención, buscaron innovar, especialmente cuando la tipificación de una práctica abusiva exige agotar un debido proceso y satisfacer una teoría del daño plausible.

En este sentido, vale destacar, hipotéticamente, que una empresa con poder de mercado, pensemos en un monopolio, habiendo fijado sus precios de monopolio, mal podría imponer un vale de vuelto para consumos futuros en su establecimiento, porque encarecería el producto más allá del precio de monopolio, atentando en contra de la maximización de sus beneficios, como resultado de una pérdida de ingresos supramarginales superior al supuesto descreme de mercado sobre la demanda inframarginal (teoría del monopolio único).

Obviamente y peor aún, cuando nos estamos refiriendo a comercios que no constituyen monopolios, cuya oferta de productos importados o de producción nacional es perfectamente replicable, dichos vales que implicarían un eventual empaquetamiento de compra actual con una futura, o un aumento del precio generalizado del producto adquirido, termina implicando una degradación de la oferta comercial. Obviamente, peor aún significaría no poder realizar venta alguna.

Así las cosas, en el caso que nos ocupa, no cabe una teoría del daño plausible, ni previamente una sospecha de detentación de una posición dominante susceptible de ser explotada, ni la razonabilidad del vale como un mecanismo de abuso.

Un gobierno que ante su responsabilidad en la destrucción del bolivar, que incluso asomó el uso de criptomonedas en el país, se contradeciría si sanciona a quienes buscan innovar en favor de los consumidores y el intercambio.

Respecto a los medios de pago y las innovaciones en esta materia, especialmente en la era digital y ante la necesidad en Venezuela de soluciones a los problemas de efectivo, se requiere un enfoque regulatorio moderno, que eche mano de soluciones del tipo Sandbox regulatorios para facilitar las innovaciones y las soluciones en esta materia, así como levantar barreras que dificultan la introducción de innovaciones y soluciones a nuestros problemas. Existe suficiente experiencia internacional para realizar un benchmark al respecto.

Banca y Negocios Somos uno de los principales portales de noticias en Venezuela para temas bancarios, económicos, financieros y de negocios, con más de 20 años en el mercado. Hemos sido y seguiremos siendo pioneros en la creación de contenidos, análisis inéditos e informes especiales. Nos hemos convertido en una fuente de referencia en el país y avanzamos paso a paso en América Latina.

Síguenos en nuestro Telegram, Instagram, Twitter y Facebook

Comparte este artículo