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05/02/2024 07:42 PM
| Por Gisell Quintana

#Exclusivo El fin de las exoneraciones de impuestos: lo positivo y lo negativo, según experto

El abogado Daniel Betancourt recuerda que otra de las exoneraciones que esta próxima a vencerse es la relacionada con el IGTF, y cree prudente renovarla.

#Exclusivo El fin de las exoneraciones de impuestos: lo positivo y lo negativo, según experto

El abogado tributario, Daniel Betancourt, señaló que, sobre el anuncio del presidente Nicolás Maduro de poner fin a las exoneraciones tributarias, se pueden establecer varias conclusiones. En primer lugar que no se dictarán exoneraciones nuevas y no se renovarán los decretos de exoneraciones que están vigentes.

Betancourt resaltó que el Presidente de la República en Consejo de Ministros, de acuerdo con las previsiones del Código Orgánico Tributario, puede dictar exoneraciones en los tributos nacionales a los fines de promover determinadas actividades, a través de la moderación de la carga tributaria.

En segundo lugar, destaca que existe una intención del alto Gobierno y de la administración económica del Estado de aumentar la recaudación de tributos nacionales, como lo han dejado ver en distintas declaraciones, entre ellas, el mensaje anual del mandatario nacional ante el parlamento.

“Un aspecto positivo dentro de este anuncio es que el Estado venezolano quiere cubrir cualquier necesidad relacionada con el presupuesto o déficit fiscal a través de la carga tributaria, y no mediante la emisión de masa monetaria por parte del Banco Central de Venezuela, porque eso es causante de inflación” expresó Betancourt.

El experto añadió que la decisión también refleja que, como parte de la estrategia económica que tiene el Estado, no está contemplado aumentar las alícuotas de los tributos y crear impuestos o tributos nuevos.

“El presupuesto para el año 2024 aumentó casi 100% con respecto al año 2023. Eso significa que se necesitan más recursos para cubrir la actividad financiera y la gestión del poder nacional, y la decisión es cubrir ese aumento del presupuesto de gastos por la vía de los tributos nacionales” señaló.

El abogado tributario recordó que principalmente el presidente Maduro ha venido dictando, desde el año 2016, en esa oportunidad por razones de abastecimiento, un conjunto de exoneraciones de los impuesto a las importaciones, incluyendo el IVA, lo que facilitó, en su momento, el ingreso de bienes que no se producían en Venezuela o que tenían producción insuficiente.

«Pero esa lista de productos se ha ido reduciendo durante los últimos años, luego de conversaciones con los sectores productivos del país», indicó el abogado Daniel Betancourt.

“La mayoría de exoneraciones en aduanas se refieren a fármacos, insumos médicos, materia prima y varios productos importados que no se producen en Venezuela, los cuales, al no estar exonerados, aumentarían sus precios».

En este sentido, «habría que ver la incidencia, porque si se trata de una materia prima o de un producto final, la tendencia será al aumento de precios de los productos finales de los sectores” aseguró.

Hay que renovar la exoneración del IGTF

Asimismo, destacó que otra de las exoneraciones que esta próxima a vencerse es la relacionada con el Impuesto a Grandes Transacciones Financieras, y cree prudente renovarla, con el argumento de que ha ayudado a racionalizar los impuestos.

“El Decreto de Exoneración del IGTF contiene una serie de supuestos de no sujeción. La no sujeción son casos en los que, por interpretación de la ley, no se produce la obligación tributaria. Sin embargo, por la redacción de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, hubo necesidad de incluir en el decreto de exoneración, en qué casos no se generaba el tributo», explicó Betancourt.

«Estos supuestos de no sujeción, publicados en un decreto de exoneración, han racionalizado el IGTF ante su regresividad. La no renovación del decreto de exoneración del IGTF podría llevar a la Administración Tributaria a pesar que los supuestos de no sujeción cesaron y, con ello, aumentar la carga en los contribuyentes” apuntó.

Esta exoneración opera, por ejemplo, para los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos y avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación de capital o intereses de estos papeles negociados a través de las bolsas de valores realizados «en moneda distinta a la de curso legal en el país, en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela».

Sin duda, levantar esta exoneración implicaría un golpe contra las iniciativas relacionadas con la promoción del mercado de valores.

El abogado tributario, Daniel Betancourt, considera que si se disminuye la carga tributaria y los impuestos son más fáciles de declarar y pagar, y no existen cargas administrativas, aumentaría el volumen de la economía y con ella, la recaudación.

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