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18/08/2021 07:54 PM

Central ASI Venezuela plantea Ley de Emergencia Laboral y un ingreso mínimo vital de 50 euros mensuales

Central ASI Venezuela plantea Ley de Emergencia Laboral y un ingreso mínimo vital de 50 euros mensuales

En el marco de las mesas técnicas  de diálogo entre las Centrales Sindicales, los empleadores y el Ministerio del Trabajo, la Central ASI Venezuela presentó la propuesta de una Ley de Emergencia Laboral, que plantea un piso mínimo de protección social que permitiría a los trabajadores el acceso a un conjunto de bienes y servicios y además aseguraría un ingreso suficiente.

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La organización sindical expresa que es necesario que las remuneraciones se recuperen y “… nos saquen del umbral de pobreza por ingresos, piso que requiere de la reactivación del aparato productivo, la seguridad jurídica y gobernanza, que permita inversiones, generación de empleos formales, así como políticas públicas que regulen y den paso al tránsito de la economía informal a la formal, es decir, conquistar trabajo decente, crecimiento y desarrollo sostenible”.

Así lo informó la presidenta de ASI Venezuela, Leida Marcela León, quien destacó que desde la organización sindical que lidera “consideramos que el salario se ha convertido en un proceso que encarna dolor e incertidumbre, lo cual hace necesario y urgente un ingreso real y suficiente, para poder cubrir el sustento familiar. La falta de un ingreso digno ha aumentado las desigualdades, por ello, un salario digno, real y suficiente es una deuda impostergable para con la clase trabajadora venezolana”.

Explicó que “nuestra propuesta ha valorado indicadores y variables como fuerza de trabajo, empleo y desempleo, PIB, INPC, Hiperinflación; crecimiento económico, producción petrolera, ingreso fiscal, bloqueo, sanciones, reconversiones, Covid 19; vacunación entre otros factores. Tenemos la obligación de actuar de manera inmediata para paliar los actuales problemas de pobreza derivados de la insuficiencia del salario, adoptando medidas que conduzcan al pago de un salario suficiente con medidas de emergencia laboral.  Es recomendable que a mediano plazo o sobre la marcha de la emergencia se vayan mejorando los procedimientos para la fijación de salarios como producto del dialogo social”.

 ¿En qué consiste la Propuesta de ASI Venezuela?

Leida Marcela León informó que ASI Venezuela propone la aprobación Ley de Emergencia Laboral con medidas concretas de factible aplicación, que comprende los temas macro del mundo del trabajo: salario, protección social, empleo, consulta y diálogo social tripartito, es decir, de los elementos fundamentales que constituyen el trabajo decente y la justicia social, con transversalidad de grupos vulnerables, como mujeres, jóvenes, no dependientes, trabajadores agrícolas, jubilados y pensionados, entre otros.

“En materia de Salarios proponemos- prosiguió la abogada León- la creación de una ley de emergencia salarial, de ingresos y mecanismos complementarios del salario, con una vigencia de 1 año, que beneficiaría a trabajadores activos del sector formal de la economía (público y privado); a los trabajadores jubilados y pensionados y a los trabajadores no dependientes o autónomos de la economía informal. Es importante destacar que, ante la pérdida del valor del bolívar, nuestra propuesta es el pago en euros o su equivalente en bolívares”.

La propuesta de Ley contiene lo siguiente:

1.- Salarización de todos los Bonos (legales, contractuales y de patria)

2.- Salarización de la Cesta Ticket

3.- Un salario progresivo con aumentos intermensuales, iniciando con un porcentaje del 200% del salario mínimo con aumentos intermensuales del 100% cada mes.

4.- Estos aumentos intermensuales deben aplicarse de manera lineal a todos los tabuladores contractuales.

5.- Una Subvención Extraordinaria Trimestral o Salario Social Trimestral, sin incidencia salarial: Consiste en un pago equivalente a dos (2) salarios mínimos cada trimestre, para luchar contra la hiperinflación y la brecha del poder adquisitivo del salario.

6.- Compensación Digital, sin incidencia salarial, del 15% del salario mínimo.

7.- Compensación por Bioseguridad: En dotación o en dinero de curso legal, sin incidencia salarial. 20% del salario Mínimo.

8.- Compensación por Suspensión, sin incidencia salarial, de acuerdo a la siguiente escala: suspensión de 1 a 3 meses: 2 salarios mínimos; de 3 a 6 meses: 3 salarios mínimos; de 6 a 9 meses: 4 salarios mínimos; de 9 a 12 meses: 5 salarios mínimos; y superior a 12 meses: 6 salarios mínimos.

9.- Facilitar la Creación de economatos, cooperativas o comisariatos de consumo, alimentos, bienes y servicios de primera necesidad y Farmacias sociales, administrados por las organizaciones sindicales.

10.- Incluir un artículo en la ley sobre la igualdad de remuneración: para evitar la diferencia entre salarios de hombres y de mujeres y las brechas.

11.- Políticas de Compensación: tales como: Beneficios sociales; Estímulos e incentivos; Oportunidades de Crecimiento profesional; Garantías de empleo: estabilidad.

12.- Retribuciones y/o compensaciones flexibles: Seguros de accidentes; Cursos de Formación en la economía del cuidado, en la economía de plataformas y en energías renovables; Ticket de transporte; Ticket de guardería; Cesión de vehículo; Seguro de ahorro vinculado a la jubilación; Sistemas de Formación e Inserción Laboral en Empleos Sostenibles; Elaboración de Diseños Curriculares de empleos verdes.

13.- La Creación e instalación de la Comisión y/o Consejo Tripartito Nacional de salarios, como instancia de revisión de salarios en tiempos de emergencia, de manera semestral y anual.

14.- Compensación para el sector no dependiente de la economía informal y emprendedores: 2 primeros meses 70% del salario mínimo; tercero y cuarto mes 60% ; quinto y sexto mes 50% y del séptimo al doceavo mes 40% del salario mínimo.

15.- Para resistir la emergencia sanitaria y económica, proponemos para los Trabajadores activos del sector formal de la Economía (público y privado); trabajadores jubilados y pensionados; y los trabajadores autónomos, no dependientes o por cuenta propia, Un Ingreso Vital de Emergencia o Ingreso Familiar de Emergencia, equivalente a 50 euros mensuales por el lapso de 1 año, prorrogable.

“En función a éstas propuestas que requieren consenso tripartito, voluntad política y recursos, expresamos que es una propuesta que puede ser perfeccionada, con aportes de otros actores del proceso social del trabajo, para iniciar un proceso progresivo de recuperación salarial, a través de varios métodos: 1.- Por Ley o Decreto (salario mínimo) previo consulta y consenso de la Comisión Nacional Tripartita del Salario; 2.-Por acuerdo Tripartito de una Comisión Nacional de Salarios; 3.-En discusión de contratos colectivos; 4.-Estableciendo salarios por sectores, por categorías profesionales y por regiones; 5.- Establecer salario por horas, semanas y meses para ciertas categorías de empleos; y también mecanismos mixtos, cada método coadyuvará a recuperar progresivamente el salario, a sabiendas de que ningún método funcionará si no hay reactivación de la economía productiva nacional, y si no se deja de privilegiar las importaciones por encima de la producción nacional”, finalizó Leida Marcela León, presidenta de ASI Venezuela.

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