BCV diferencia por plazos de depósitos requerimientos de encaje legal y refuerza penalización por déficit
EL encaje legal se mantiene en 73%, pero esta proporción se aplicará al monto total de las obligaciones netas a la vista y por ahorro, mientras que se reduce a 50% para las obligaciones netas a plazo.
El Banco Central de Venezuela (BCV) elevó fuertemente los costos para los bancos que incurran en déficit de encaje legal, al establecer que la tasa de interés base anual para el cobro de esta eventualidad aumente de 9 a 144 puntos porcentuales adicionales a la tasa fijada por el emisor en sus operaciones ordinarias de descuento, redescuento y anticipo.
En términos relativos el incremento de la tasa de penalización aumenta 1.500%.
El ente emisor mantuvo las cargas adicionales en dos puntos porcentuales añadidos si una entidad bancaria incurre en déficit de encaje entre tres y siete jornadas hábiles en un lapso de 30 días, «contados a partir del día en que ocurrió el primer incumplimiento».
El encaje adicional se elevará en cuatro puntos más si la entidad sancionada incurre en déficit de encaje ocho veces en un lapso de 30 días.
Encaje diferenciado por tipos de depósitos
El encaje legal mínimo, según el artículo 15 de la resolución, se mantiene en 73%, pero esta proporción se aplicará solamente al monto total de las obligaciones netas por depósitos a la vista y de ahorro, mientras que se estableció un encaje base de 50% a las obligaciones netas derivadas de captaciones a plazo en moneda local.
Este cambio representa una flexibilización relativa de la exigencia de encaje legal al sistema bancario.
En el caso de las operaciones en moneda extranjera de la banca nacional, el encaje legal exigido se mantiene en 31%.
Las instituciones bancarias autorizadas a realizar operaciones en el mercado monetario mantienen, igualmente, la exigencia de un encaje de 73% del saldo de sus inversiones cedidas.
Los bancos microfinancieros
El Banco Central de Venezuela también aprobó un requerimiento de encaje legal diferenciado para la banca microfinanciera, con la condición de que el índice de intermediación crediticia de las entidades del segmento alcance un mínimo de 50%, como evidencia del cumplimiento de su función básica y calculado sobre su balance de publicación.
En concreto, este segmento del sistema deberá cumplir con un encaje legal de 40% -sin cambio con el requerimiento impuesto en la norma de 2022- sobre sus obligaciones netas a la vista y por ahorro; pero sobre las obligaciones netas a plazos y las inversiones cedidas, el encaje baja a 27%.
El Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes) sigue exento de constituir encaje legal.
Reformas al tarifario bancario
El Banco Central de Venezuela, a través de un Aviso Oficial publicado en la Gaceta Oficial Extraordinarioa N° 7.073, del pasado 11 de septiembre, actualizó algunas comisiones, tarifas y/o recargos aplicables a las operaciones bancarias desde este martes 15 en el sistema financiero nacional.
Estos son los aspectos que fueron modificados en comparación con la normativa anterior, la cual fue publicada el pasado 31 de julio:
– Se ajusta la cuota mensual por mantenimiento de cuentas activas de personas naturales, la cual pasa de 0,10 a 684 bolívares.
– El costo mensual por mantenimiento de cuentas activas de personas jurídicas sube 54 a 6.839 bolívares.
– Los mismos incrementos aplican para las cuentas remuneradas, tanto de personas naturales como jurídicas.
– La comisión por cada instrucción de abono en cuenta de cliente receptor – pago a proveedores subió de 0,25% a 0,40%.
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