spp_header_1
spp_header_2
16/12/2019 05:35 PM
| Por AVN

ANC decidió allanar inmunidad de cuatro diputados de la Asamblea Nacional

ANC decidió allanar inmunidad de cuatro diputados de la Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional Constituyente aprobó este lunes 16 de diciembre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de los diputados Jorge Alberto Millán Torrealba, Hernán Claret Alemán Pérez, Carlos Alberto Lozano Parra y Luis Stefanelli Barjacoba.

Los parlamentarios están siendo acusado por traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada.

La decisión fue tomada tras la solicitud realizada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con el fin de continuar el juicio de los parlamentarios en tribunales ordinarios.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió comprometer responsabilidad de diputados en comisión flagrante de los delitos traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada.

El Supremo emite la decisión ante la solicitud realizada por el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, la cual recae sobre los ciudadanos Jorge Alberto Millán Torrealba, Hernán Claret Alemán Pérez, Carlos Alberto Lozano Parra y Luis Stefanelli Barjacoba.

Señala el fallo que en el presente procedimiento, por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes atendiendo lo dispuesto en la decisión N° 1684, del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional del Alto Tribunal, no procede el antejuicio de mérito de los mencionados ciudadanos.

Su enjuiciamiento corresponderá a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal. Tales delitos están previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143, 145, 163, 213 y 285, todos del Código Penal respectivamente; y el delito de asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

La decisión de la Sala Plena, con ponencia de la magistrada Mónica Misticchio Tortorella, integrante de la Sala de Casación Social, ordena remitir copia certificada de las actuaciones al Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Sala Constitucional del Alto Juzgado, para su conocimiento y demás fines.

Asimismo, se ordena remitir copia certificada de la sentencia al ciudadano Fiscal general de la República, para que continúe la tramitación de la causa penal correspondiente, observando para ello las debidas garantías procesales y derechos constitucionales previstos en el Código Orgánico Procesal Penal, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República.

Banca y Negocios Somos uno de los principales portales de noticias en Venezuela para temas bancarios, económicos, financieros y de negocios, con más de 20 años en el mercado. Hemos sido y seguiremos siendo pioneros en la creación de contenidos, análisis inéditos e informes especiales. Nos hemos convertido en una fuente de referencia en el país y avanzamos paso a paso en América Latina.

Síguenos en nuestro Telegram, Instagram, Twitter y Facebook

Comparte este artículo