Tribunal Superior de Trinidad registra demanda por US$11.000 millones de ConocoPhillips contra Venezuela
El Tribunal Superior de Trinidad y Tobago admitió el laudo arbitral emitido por el CIADI a favor de ConocoPhillips contra el gobierno venezolano por las expropiaciones de sus activos en 2007.

El Tribunal Superior de Trinidad y Tobago autorizó a la petrolera estadounidense ConocoPhillips a registrar un laudo arbitral multimillonario (resolución de un conflicto de carácter económico) contra Venezuela por la expropiación de sus activos petroleros por parte del Ejecutivo venezolano hace casi dos décadas.
El juez Frank Seepersad aprobó la solicitud de la compañía para registrar el laudo, otorgado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial en 2019, según publicaron este miércoles los medios trinitenses.
El laudo de 11.000 millones de dólares compensa a ConocoPhillips por la expropiación forzosa de sus proyectos petroleros Petrozuata, Hamaca y Corocoro, durante la campaña de nacionalización del entonces presidente Hugo Chávez en 2007.
El laudo, emitido originalmente por el CIADI en 2019, se deriva de la expropiación por parte de Venezuela en 2007 de los intereses de ConocoPhillips en esos tres importantes proyectos petroleros.
En 2019, el CIADI dictaminó que Venezuela debía pagar 8.000 millones de dólares a la compañía energética estadounidense para compensar la expropiación.
En su fallo, el juez Seepersad afirmó que Trinidad y Tobago, como parte del Convenio del CIADI, estaba legalmente obligada a reconocer y ejecutar el laudo.
El magistrado afirmó que dichos laudos podían registrarse «casi con pleno derecho», siempre que cumplieran con los requisitos de autenticidad y procedimiento, los cuales, según dictaminó, ConocoPhillips había cumplido.
Venezuela intentó anular el laudo a principios de 2025, pero fracasó.
Por ello, Seepersad dictaminó que el tribunal estaba convencido de que se habían agotado las vías legales necesarias bajo el Convenio del CIADI y rechazó la inmunidad soberana como obstáculo para el registro del laudo a escala local.
El juez también señaló la retirada de Venezuela del Convenio del CIADI en 2012, pero afirmó que no afectaba los derechos de ConocoPhillips y le permitía proceder con la solicitud exparte, según lo estipula la ley.
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