Persona jurídica: Los requisitos para la compra/venta de inmuebles en Venezuela
La ficha catastral vigente y actualizada, así como también la solvencia de impuestos municipales son algunas de las formalidades a cumplir para que las personas jurídicas pueden vender o comprar inmuebles en Venezuela.
En Venezuela, la compra/venta de inmuebles pertenecientes a personas jurídicas (empresas) está sujeta al cumplimiento de ciertas formalidades, las cuales van a depender de la situación particular del inmueble a comprar o vender.
A continuación, los requisitos para comprar o vender un inmueble en Venezuela (persona jurídica).
– Cédula de identidad vigente del comprador y vendedor.
– Rif vigente de la persona jurídica (empresa).
– Solvencia del Seguro Social (IVSS), de la empresa involucrada en la transacción.
– Ficha Catastral vigente y actualizada. En algunos municipios la vigencia de este documento oscila entre 2 o 3 años.
– Solvencia de impuestos municipales (derecho de frente), en algunos municipios solicitan el pago del aseo urbano al día.
– Medio de pago donde verifique la transacción por concepto de la compra/venta: puede ser un cheque o transferencia bancaria.
– Pago de planilla forma 33, este trámite se realiza de forma on line ante el portal del SENIAT.
– Pago de aranceles ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN).
De igual forma, es importante tener en cuenta los siguientes puntos:
– Debe verificarse previamente si el inmueble forma parte del capital social de la empresa y su forma de disponer de él para la venta. En la mayoría de las ocasiones se necesita realizar un acta de asamblea ordinaria o extraordinaria para que los socios discutan y aprueben este tipo de transacciones.
– De igual forma es importante revisar que la persona que represente la empresa tenga las facultades vigentes dentro de la junta directiva y que el mismo no haya sido removido de su cargo.
– En caso de ser un apoderado quien represente la empresa, es recomendable verificar que el poder notariado no haya sido revocado, a lo fines de evitar problemas legales posteriores.
– Igualmente si la compra/venta se realiza mediante un poder notariado, este debe ser previamente registrado ante el respectivo registro público y el mismo debe ser presentado al momento de la firma de la compra/venta.
– Si en la transacción se encuentra involucrado una persona natural extranjera (comprador o vendedor) debe realizarse previamente el registro de extranjero, ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN).
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