15/06/2025 10:31 AM

Los diez aspectos más relevantes para la importación de vehículos en Venezuela

Los ministerios de Economía e Industrias y Producción Nacional establecieron una resolución conjunta, la cual dicta las normas a seguir para la importación de automóviles.

Los diez aspectos más relevantes para la importación de vehículos en Venezuela

En la Resolución Conjunta DM N° 013/001 del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Industrias y Producción Nacional, publicada en la Gaceta Oficial 43.125 del 12 de mayo de 2025, se establecen las Normas para el Funcionamiento de la Industria Automotriz para autorizar la importación de vehículos desensamblados bajo el Régimen de Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV), a través del capítulo 98 del Arancel de Aduanas.

Esta resolución entró en vigor con su publicación en Gaceta Oficial el 12 de mayo de 2025.

Estos son los 10 aspectos más relevantes:

  1. Se considera por Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV) como el conjunto constituido por partes, piezas y componentes, importados, sin ensamblar entre sí, o con un grado de desensamble, de trabajo y de terminación preestablecidos, para la fabricación nacional de productos de la industria automotriz. Las autorizaciones MEIV tendrán una vigencia máxima de un año, lo cual será indicado en el oficio correspondiente y no podrá ser objeto de prórroga salvo caso fortuito o de fuerza mayor.
  2. Este régimen se refiere a la empresa ensambladora como aquella con capacidad para fabricar chasis, carrocerías o vehículos totalmente terminados listos para funcionar; y al fabricante de autopartes, como aquella empresa con capacidad productiva para fabricar partes, accesorios, piezas y componentes del vehículo.
  3. Las empresas ensambladoras que deseen operar bajo este régimen deben suscribir un Convenio de Ensamblaje con el Ministerio de Industrias y Producción Nacional. Esta obligación aplica tanto a empresas nacionales como extranjeras.
  4. La normativa clasifica los vehículos en tres categorías: 1, 2a y 2b, cada una con códigos arancelarios específicos. Esta clasificación permite aplicar condiciones diferenciadas según el tipo de vehículo, ya sea para transporte depasajeros,de mercancías o vehículos especiales no incluidos en las otras categorías.
  5. Las empresas ensambladoras que utilicen el régimen MEIV deberán cumplir con el Porcentaje Mínimo de Incorporación Nacional, que se calcula mediante una fórmula que considera las compras de autopartes nacionales y el valor agregado nacional en exportaciones.
  6. Las metas de Porcentaje Mínimo de Incorporación Nacional son:

Los diez aspectos más relevantes para la importación de vehículos en Venezuela

  1. Se permite excluir del cálculo del Porcentaje Mínimo de Incorporación Nacional los nuevos modelos durante un período máximo de tres meses desde el inicio de su producción. Sin embargo, no se permite utilizar excedentes de cumplimiento de años anteriores para compensar metas futuras.
  2. Para obtener la autorización de importación bajo el régimen MEIV, las empresas deben presentar una solicitud detallada que incluya información técnica y comercial del vehículo, así como listas específicas de partes, piezas y componentes. Esta documentación es evaluada por el Ministerio, que emite una “Calificación de Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV)” y que constituye el requisito previo e indispensable para realizar la solicitud de “Autorización Bajo el Régimen de Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV)”, ante la dependencia competente del SENIAT.Los diez aspectos más relevantes para la importación de vehículos en Venezuela
  3. Se establece un régimen especial para empresas en proceso de reactivación o expansión, que permite      temporalmente importar vehículos con menor nivel de desensamble. Esta autorización provisional tiene una duración de un año, prorrogable por seis meses, y está sujeta a condiciones específicas relacionadas con el cumplimiento del cronograma de producción.
  4. Las empresas ensambladoras y comercializadoras están obligadas a garantizar el suministro de repuestos y el servicio de mantenimiento durante al menos 10 años. También deben contar con un sistema nacional de inventario de repuestos y ofrecer un servicio de despacho rápido, con el fin de asegurar la disponibilidad de componentes esenciales para los vehículos ensamblados, indica un comunicado informativo de PwC Venezuela.

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