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29/07/2025 03:35 PM
| Por Lya Glaentzlin D´Ascoli

GENIUS Act de los Estados Unidos: ¿qué regula y cómo afecta el mercado de stablecoins?

La norma no tiene como objeto las stablecoins existentes en el mercado antes de su promulgación, sino las nuevas que se emitan a su amparo o aquellas preexistentes cuyos emisores se adhieran a los nuevos requerimientos legales y obtengan las aprobaciones necesarias.

GENIUS Act de los Estados Unidos: ¿qué regula y cómo afecta el mercado de stablecoins?

El pasado 18 de julio, el presidente de los Estados Unidos de América firmó el GENIUS ACT, que identifica como objetivo fundamental «proveer regulación para las stablecoins de pago y otros propósitos» y se denomina oficialmente Guiding and Establishing National Innovations for U.S. Stablecoins ACT” que podemos traducir como «ley para guiar y establecer innovaciones nacionales sobre stablecoins en EEUU».

1.- ¿Cuándo entra en vigencia?

Lo primero que hay que decir es que aunque ya es Ley Federal en los Estados Unidos de América, su implementación será progresiva, para que sea aplicable, hay un período de 180 días para reglamentarla, así como un plazo de 120 días luego de que se dicten las regulaciones o 18 meses contados a partir de su promulgación (lo que ocurra primero), adicionalmente contempla un plazo transitorio para la circulación de stablecoins hasta que se formalice la prohibición de emisión y circulación institucional de stablecoins en Estados Unidos por quienes no estén legamente autorizados según lo que prevé esta norma.

2.- ¿Qué regula?

Promueve la creación de una nueva categoría especial de stablecoins para circulación institucional, se trata de Stablecoins Reguladas, lo que significa que el emisor debe estar licenciado, regulado y supervisado para operar legalmente bajo los supuestos definidos por esta ley.

Con esta regulación, se busca favorecer un ecosistema de pagos Web3 entre emisores bancarios tradicionales, fintechs licenciadas o nuevas entidades que se sometan voluntariamente a este marco regulatorio.

La norma establece requisitos legales y técnicos que excluyen del ecosistema Web3 institucional estadounidense a aquellos emisores que no se sometan 100% a los requerimientos de reservas en activos líquidos, sin apalancamiento, transparencia pública de reservas y operaciones, certificación AML y cumplimiento de sanciones, sujetarse a auditoría por Firmas autorizadas, así como garantizar interoperabilidad técnica para sistemas de pago, entre otros requerimientos.

En la Sección 2 (Definitions) crea las siguientes categorías de stablecoins y emisores:

I.- «Stablecoin de Pago Permitida»: Una stablecoin emitida por una entidad calificada como bajo el GENIUS Act Como «emisor autorizado de stablecoin de pago», respaldada en reservas 100% líquidas (las stablecoins reguladas).

II.- El término “moneda estable de pago” significa un activo digital, diseñado para ser utilizado como medio de pago o liquidación, y cuyo emisor está obligado a convertir, redimir o recomprar dicho activo por un monto fijo de valor monetario (excluyendo activos digitales denominados en un monto fijo de valor monetario), y declara que mantendrá, o crea una expectativa razonable de que mantendrá, un valor estable en relación con el valor de un monto fijo de valor monetario.

III.- «Emisores autorizados de stablecoin de pago» son personas constituidas en los Estados Unidos, que cumplan además con alguno de los siguientes:

(A) una subsidiaria de una institución depositaria asegurada que haya sido aprobada para emitir stablecoins de pago conforme a la sección 5;

(B) un emisor federal calificado de stablecoins de pago; o

(C) un emisor estatal calificado de stablecoins de pago.

IV.- «Emisor extranjero de stablecoin de pago» como un emisor de stablecoin de pago que:

(A) esté organizado conforme a las leyes o domiciliado en un país extranjero, un territorio de los Estados Unidos, Puerto Rico, Guam, Samoa Americana o las Islas Vírgenes; y

(B) no sea un emisor autorizado de stablecoin de pago.

GENIUS Act de los Estados Unidos: ¿qué regula y cómo afecta el mercado de stablecoins?

Foto: Pixabay.

3.- Reconocimiento de blockchain y Web3 pro el Gobierno Federal

El Gobierno Federal integra a su estrategia financiera los criptoactivos, reconoce a la blockchain como rieles financieros válidos, y abre la puerta formalmente a la banca e instituciones financieras para incorporar los productos y servicios basados en criptoactivos al mercado, lo cual debería como consecuencia disminuir la fricción y dificultad que hasta ahora habían enfrentado (para mantener cuentas bancarias tradicionales) las empresas que ostentaban blockchain y/o criptoactivos como parte de su modelo de negocio.

4.- Las stablecoins reguladas no son moneda nacional, depósitos, securities ni comodities

Otra claridad muy bien recibida por el sector es la exclusión de las stablecoins reguladas de ser catalogadas como: una moneda nacional; un depósito (según se define en la sección 3 de la Ley Federal de Seguro de Depósitos, 12 U.S.C. 1813), ni un valor, según lo definido en la sección 2 de la Ley de Valores de 1933 (15 U.S.C. 77b), la sección 3 de la Ley de Intercambio de Valores de 1934 (15 U.S.C. 78c), o la sección 2 de la Ley de Compañías de Inversión de 1940 (15 U.S.C. 80a–2 , ni un swap ni un producto básico a efectos de la Ley de Intercambio de Productos Básicos (7 U.S.C. 1 y ss.), ni depósitos bancarios, ni pasivos financieros, siempre que cumplan con los criterios establecidos  y sean emitidos por entidades autorizadas bajo el GENIUS Act.

Cabe destacar que la norma prohíbe a los emisores de stablecoins reguladas el pago de intereses o rendimientos por la tenencia o uso de las mismas, diferenciándolas claramente de los depósitos bancarios.

Es importante tener en cuenta que esta norma no tiene como objeto las stablecoins existentes en el mercado antes de su promulgación, sino las nuevas que se emitan a su amparo o aquellas preexistentes cuyos emisores se adhieran a los nuevos requerimientos legales y obtengan las aprobaciones necesarias.

5.- Implicaciones regulatorias locales e internacionales

Los analistas coinciden en que, para el sistema financiero local, esta norma representa un gran paso para posicionar a EEUU como jugador importante un mercado del que se había sustraído hasta ahora, por un lado, busca reafirmar el dominio del dólar estadounidense como moneda de reserva global y aumentar la demanda de deuda pública nacional, visto que una de las alternativas favorecidas como respaldo de las emisiones son TBills.

Complementariamente es de observar que siempre la claridad regulatoria favorece establecimiento de proyectos en las jurisdicciones que la ofrecen, tal como ocurrió en su momento en Suiza, UAE, Singapur, recientemente en Europa con MiCA, sin dejar de mencionar Hong Kong.

Con esta medida regulatoria y un conjunto de normas complementarias en proceso de aprobación, se prevé que ocurre un nuevo influx de compañías Web3 instalándose bajo jurisdicción estadounidenses y solicitando las licencias correspondientes.  Todo lo cual apuntaría a fortalecer a EEUU como un hub de pagos digitales compitiendo con la Unión Europea que ya tenia establecidas reglas aplicables bajo MiCa.

GENIUS Act de los Estados Unidos: ¿qué regula y cómo afecta el mercado de stablecoins?

6.- ¿Qué papel juegan los bancos e instituciones financieras?

Esta norma es un espaldarazo a los bancos estadounidenses e instituciones financieras reguladas (como por ejemplo uniones de crédito aseguradas), ya que se les asigna un rol central y estructural.

La norma contempla que las entidades subsidiarias de una “insured depository institution” (calidad que agrupa las instituciones financieras reguladas, autorizadas a recibir depósitos del público, los cuales están asegurados por el Federal Deposit Insurance Corporation “FDIC”) que este aprobada como  emisor autorizado de Stablecoins reguladas “permitted payment stablecoin issuer” podrá emitir una stablecoin de pago bajo supervisión del regulador bancario federal correspondiente, siguiendo lo que pareciera ser un proceso administrativo mas simple que la solicitud y requisitos que deben cumplir entidades no financieras ni supervisadas por reguladores bancarios estadounidenses.

Por su parte, los emisores no bancarios federales deben obtener licencias por parte del “Office of the Comptroller of the Currency” que es la oficina del Tesoro Estadounidenses que cumple labores de supervisión bancaria, reforzando el papel de los entes bancarios como guardianes del cumplimiento regulatorio

Uno de los argumentos que soportan esta estrategia consiste en que estas instituciones financieras reguladas, ya cumplen con una serie de exigencias regulatorias por lo que se observan como vehículos formales para facilitar la digitalización de activos con total respaldo legal y supervisión financiera.

Las disposiciones respecto a custodia también privilegian a las instituciones reguladas, restringiendo dentro de EEUU, las actividades de custodia, resguardo de stablecoin reguladas dadas en garantía o servicios de administración de llaves privadas, a quienes cumplan con las disposiciones de las secciones 10 y 16 de la norma en cuestión.

7.- Reservas, custodia y garantías

Además, el texto exige que con respecto a la emisión de stablecoins reguladas, estas instituciones mantengan reservas líquidas segregadas, respaldadas unauno con dólares, tesorería o instrumentos de alta liquidez, sin figuras de doble captación, garantizando la estabilidad financiera y la protección de los tenedores de dichas stablecoins

De este modo, los bancos e instituciones financieras regladas se presentan, no solo como emisores potenciales, sino que se constituyen pilares clave de transparencia, liquidez y resiliencia del sistema de Stablecoins Reguladas conforme a la nueva estrategia plasmada en el GENIUS Act.

GENIUS Act de los Estados Unidos: ¿qué regula y cómo afecta el mercado de stablecoins?

Foto: Pixabay.

8.- Papel de las stablecoins reguladas para pagos internacionales

Bajo este esquema esbozado por el GENIUS Act, se vislumbra un nuevo horizonte financiero potenciado por la Web3, donde las stablecoins reguladas permitirán liquidaciones instantáneas, sin depender de redes tradicionales como SWIFT o ACH; facilitarán pagos transfronterizos en corto tiempo, con costos mínimos, incluso fuera de las limitaciones de los distintos horarios bancarios internacionales.

Teniendo en cuenta que muchas operaciones de trading internacional se hacen con precios referidos en dólar estadounidense, la norma también establece las condiciones bajo las cuales un emisor extranjero podría interactuar en este mercado de stablecoins reguladas y delega en la Secretaría del Tesoro la validación de aquellos emisores de stablecoins de pago radicados en jurisdicciones extranjeras que cumplan con una regulación comparable a la contenida en el GENIUS ACT y se hayan registrado conforme a lo dispuesto en la misma.

A lo largo de la norma, se observa un especial énfasis en procurar brindar al mercado de stablecoins de pago estabilidad y confianza institucional, lo cual queda evidenciado en que las stablecoins reguladas, al estar respaldadas 1:1 por activos líquidos, ofrecen seguridad jurídica y financiera.  En este sentido se entiende también que las empresas podrán usar y contabilizar stablecoins reguladas como alternativa al dólar físico (siempre teniendo en cuenta lo que dispone el Financial Accounting Standards Board).

9.- Estrictas políticas de prevención de lavado de capitales

Como es de esperarse, lo referido a prevención de legitimación de capitales queda con los mismos estrictos estándares que observan actualmente las instituciones financieras reguladas, incluyendo el Bank Secrecy Act y la obligación de implementar robustos programas de AML-KYC, así como monitoreo y reportes SAR.

Adicionalmente, se concede al Secretario del Tesoro la autoridad para determinar que alguna stablecoin de pago emitida por Emisores Extranjeros de stablecoins de pago, este en violación de la normativa o incumplimiento, en cuyo caso el Emisor Extranjero podrá apelar y seguir un procedimiento administrativo ante el Tesoro estadounidense.

Es interesante acotar que reconociendo la novedad y complejidad tecnológica involucrada en las operaciones con stablecoins, se destina una sección especial para “Innovaciones en la prevención de legitimación de capitales” y establece que a partir del 17 de agosto 2025, se abrirá un periodo de consulta de 60 días, invitando bajo la figura de consulta publica la identificación de novedosos métodos, técnicas o estrategias que la instituciones financieras reguladas puedan potencialmente usar para detectar actividades ilícitas como la legitimación de capitales que involucren activos digitales, con especial mención a los temas de inteligencia artificial y verificación de identidad digital.

10.- ¿Podemos seguir pagando con stablecoins ya existentes?

Hasta el momento, la normativa promulgada permite seguir utilizando stablecoins como USDT y USDC en operaciones con personas en EEUU—pero solo durante el periodo de transición regulatorio, que finaliza el 18 de julio de 2028, según lo estipulado en la Sección 3(b) del GENIUS Act of 2025, por ello se entiende que durante ese período de transición regulatorio, lo exchanges, instituciones financieras y proveedores de servicios digitales pueden continuar ofreciendo y utilizando stablecoins existentes, incluso si sus emisores aún no han obtenido la condición de Permitted Payment Stablecoin Issuers.

Con posterioridad al 18 de julio de 2028, si se desea utilizar stablecoins para interactuar con instituciones financieras estadounidenses, será necesario verificar si la stablecoin elegida cumple con la condición de ser emitida por un de Permitted Payment Stablecoin Issuer, sin embargo, es de esperarse que las stablecoins más conocidas internacionalmente tomen las medidas para adquirir tal condición.

Nota: La información aquí contenida no es exhaustiva, ni consiste en asesoría legal o financiera, únicamente persigue un propósito ilustrativo e invita a una investigación y análisis individual, actualizado y detallado de todos los aspectos legales y macroeconómicos que puedan eventualmente estar en conexión con cualquier decisión que se pretenda tomar respecto a un caso específico.

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