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04/03/2026 02:18 PM
| Por Banca y Negocios

Estas son las condiciones que la OFAC establece para otorgar licencias petroleras en Venezuela

La institución norteamericana precisó que las personas jurídicas estadounidenses también podrían celebrar contratos con entidades identificadas en la Licencia General 50A para apoyar las actividades autorizadas en los sectores petrolero y gasífero venezolano.

Estas son las condiciones que la OFAC establece para otorgar licencias petroleras en Venezuela

La Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos indicó este miércoles 4 de marzo de 2026, que las solicitudes de licencias específicas para ejecutar contratos contingentes en materia petrolera sobre Venezuela, «se evaluarán caso por caso, de acuerdo con la política exterior y las prioridades de seguridad nacional de EEUU».

Asimismo, indicó en su página web que las recientes licencias generales relacionadas con la nación caribeña emitidas por la OFAC han incluido diversas limitaciones «en consonancia con estas prioridades estadounidenses», que recomiendan a las partes considerar durante las negociaciones contractuales.

Las limitaciones incluyen prohibiciones a las transacciones que involucren a personas ubicadas en la Federación Rusa, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba, la República Popular China o cualquier entidad propiedad de, controlada por o en una empresa conjunta con dichas personas, según la institución norteamericana.

Además, la norma exige que las transacciones se realicen en términos comercialmente razonables; que los contratos especifiquen la jurisdicción estadounidense para la resolución de disputas; y que el pago de regalías u otros fondos adeudados a personas bloqueadas, excluyendo impuestos, permisos y tarifas locales, se efectúe en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros u otras cuentas designadas por el Tesoro.

Empresas no registradas

La institución estadounidense señaló que las empresas que no están en la Licencia General 50A de Venezuela, la cual autoriza Transacciones Relacionadas con Operaciones del Sector de Petróleo o Gas en Venezuela de Ciertas Entidades, pueden recurrir a otros permisos para apoyar el desarrollo de proyectos de petróleo y gas en la nación suramericana. 

Agregó, además, que las compañías pueden suscribir contratos contingentes para nuevas inversiones en los sectores de petróleo y gas de Venezuela y presentar una solicitud de licencia específica a la OFAC para pedir una concesión adicional para ejecutar cualquier contrato contingente suscrito.

Transacciones que autoriza la Licencia General 50A

La OFAC detalló las transacciones que autoriza la Licencia General 50A sobre el sector energético de Venezuela, las cuales son:

– El levantamiento, exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, comercialización, compra, entrega o transporte de petróleo o gas desde Venezuela, así como la refinación de dichos hidrocarburos.

– La prestación o recepción de bienes, servicios, software o tecnología relacionados con las operaciones del sector de petróleo o gas en Venezuela.

– Nueva inversión en operaciones del sector de petróleo o gas en Venezuela, incluida la expansión de operaciones existentes en el país, la participación en nuevas actividades de exploración, producción o desarrollo de petróleo o gas y la formación de nuevas empresas conjuntas u otras entidades en la nación caribeña relacionadas con las actividades anteriores.

– Participar en los pasos preliminares para cualquiera de las actividades anteriores, tales como realizar diligencias y evaluaciones debidas en materia comercial, legal, técnica, de seguridad y ambiental.

– El procesamiento de pagos relacionados con cualquiera de las actividades mencionadas anteriormente.

Lo que permite la Licencia General 48

Por su parte, la Licencia General 48 permite el suministro de bienes, tecnología, software o servicios desde Estados Unidos o por una persona estadounidense para la exploración, desarrollo o producción de petróleo o gas en Venezuela.

Asimismo, las transacciones autorizadas bajo la Licencia General 48 incluyen:

– Servicios de seguros para operaciones de petróleo y gas.

– Mantenimiento, reacondicionamiento o reparación de artículos utilizados para actividades de exploración, desarrollo o producción de hidrocarburos.

– Piezas de repuesto o de reemplazo necesarias para mantener las actividades de producción de petróleo o gas.

– Software de exploración e interpretación del subsuelo.

– Productos de estimulación de pozos, como fluidos de fracturación.

– El procesamiento de pagos del Gobierno de Venezuela u otras personas bloqueadas autorizadas para las transacciones subyacentes. Sin embargo, cualquier pago monetario al Gobierno venezolano, a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) o a sus filiales mayoritarias (excepto pagos por impuestos, permisos o tasas locales) debe depositarse en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros.

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