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21/05/2019 07:31 PM

Comisión por operaciones en mesas de cambio será de 1% del monto en bolívares

Comisión por operaciones en mesas de cambio será de 1% del monto en bolívares

El Banco Central de Venezuela estableció que la comisión máxima que podrán cobrar los bancos por las operaciones en las mesas de cambio será de 1% sobre el monto de la transacción en bolívares, según un aviso oficial publicado en la Gaceta Oficial N° 41.631, con fecha 13 de mayo de 2019.

El BCV detalla que el tope fijado se aplicará tanto para las operaciones de compra como de venta de divisas.

El organismo emisor autorizó a principios de mes a los bancos a vender y comprar divisas a través del mecanismo de mesas de cambio, luego de que las sanciones de Estados Unidos le impidiera seguir ofreciendo moneda extranjera en el sistema Dicom.

Paulatinamente el BCV ha ido informando detalles del funcionamiento del sistema que comenzó a operar el 13 de mayo.

 

Gaceta Comisión Mesas de Cambio by Banca y Negocios on Scribd

 

– Sin plazo – 

En una circular de fecha 20 de mayo, el BCV elimina el plazo de seis días otorgado a los operadores cambiarios para vender las divisas en efectivo que no pudieran venderse al segundo día hábil siguiente a la fecha de la operación.

En una comunicación del 6 de marzo, antes que los bancos entraran en la compraventa de divisas, la orden era que las posiciones en moneda extranjera adquiridas por los intermediarios especializados en operaciones cambiarias al menudeo, distintas a las posiciones en efectivo, que no puedan ser vendidas el segundo día hábil siguiente a la fecha de la respectiva operación de compra, deberán ser vendidas el primer día hábil bancario siguiente al cumplimiento de dicho lapso por ante las mesas de cambio de las instituciones bancarias, al tipo de cambio de adquisición incrementado en un 1%.

En caso de operaciones en efectivo, el plazo se extiende al sexto día hábil siguiente a la fecha de la operación de compra. Cumplido dicho lapso deberán vender dicha posición en el Sistema de Mercado Cambiario (Dicom para ese entonces) al tipo de cambio de adquisición incrementado en 1%.

En la circular del BCV del lunes, la autoridad permite al intermediario cambiario mantener dichas posiciones, a los fines de ser destinada a la atención de la demanda de divisas o monedas extranjeras presentadas por sus clientes o usuarios, las cuales serán vendidas al tipo de cambio de referencia del día inmediatamente anterior a la fecha de la respectiva operación, incrementado en 1%

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