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15/10/2021 05:25 PM

BCV baja presión a la banca por no vender a tiempo divisas inyectadas al mercado oficial

BCV baja presión a la banca por no vender a tiempo divisas inyectadas al mercado oficial

El Banco Central de Venezuela (BCV) flexibilizó la penalización que aplica a los bancos por no vender las divisas inyectadas vía intervención cambiaria en los plazos establecidos.

En este sentido, el ente emisor procederá a recomprar el saldo no colocado, al cierre del último día hábil de la semana, con la aplicación de un descuento equivalente a 5,2375% al precio establecido en la última operación de intervención.

En función de no provocar presiones adicionales a la liquidez de las instituciones bancarias y con la perspectiva de que pueden ser necesarias otras intervenciones extraordinarias en el mercado cambiario, el BCV establece, sin prejuicio de esta decisión, otras decisiones:

– «No aplicar a las instituciones bancarias sobre el saldo no vendido al público de la intervención cambiaria al cierre de la semana respectiva, la reducción del 5,2375% del tipo de cambio para la compra de dicho saldo, estipulado en el Parágrafo Único del artículo 2 de la Resolución N° 19-09-03 del 05/09/2019, siendo utilizado por el contrario el tipo de cambio de compra vigente para el día en que se efectuó la venta de dicha intervención».

– «No aplicar el cobro de la tasa por déficit de encaje previsto en el artículo 5 de la precitada Resolución, por aquellas divisas no vendidas a sus clientes».

– Prorrogar el lapso en el cual las instituciones bancarias tienen la obligación de venta de divisas a sus clientes, producto de la intervención cambiaria, y en consecuencia, que la venta al Banco Central de Venezuela de las divisas no aplicadas se verifique en la fecha que éste determine».

Con esta decisión el BCV busca minimizar los impactos negativos que produce la cada vez más agresiva estrategia de intervención cambiaria en la liquidez del sistema bancario, ya que las instituciones se ven forzadas a tener crecientes posiciones en bolívares para compensar las divisas que deben vender al público, con el añadido de un encaje legal para los depósitos en moneda nacional de 85%.

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