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17/04/2022 11:35 AM

6 claves de Ramón Lobo para comprender y aplicar el Impuesto a las Grandes Transacciones

6 claves de Ramón Lobo para comprender y aplicar el Impuesto a las Grandes Transacciones

El diputado a la Asamblea Nacional y presidente de la subcomisión de Finanzas, Ramón Lobo, aseguró que la aplicación del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras es sencilla.

El IGTF afecta, según la Gaceta Oficial, a «las personas naturales, jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, por los pagos realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país, o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela».

Aquí 6 claves para comprender y aplicar el impuesto al dólar según el diputado a la Asamblea Nacional:

1. Quienes vayan a realizar una transferencia bancaria en divisas de una cuenta a un tercero dentro del Sistema Financiero Nacional debe pagar 3 %.

2. Si va a un comercio, un restaurante, algún prestador de servicio que sea contribuyente especial, paga en divisas y el comercio le proporciona factura, debe pagar el IGTF.

3. Si usted no quiere cancelar ese 3% al comercio, entonces la opción es cambiar las divisas a los bolívares y paga en moneda nacional.

“En ningún momento se está variando la alícuota ni hay algún pechaje adicional por el uso de bolívares, es por la utilización de las divisas en la economía nacional, bien sea dentro del sistema financiero o a nivel del comercio”, dijo el diputado en entrevista al diario VEA.

4. Toda persona debe exigir su factura al momento de pagar el producto o servicio adquirido en cualquier establecimiento que exija el pago del importe correspondiente al IGTF.

Si no le dan factura no tiene que pagarlo porque ese establecimiento no lo va a enterar, no lo va a devolver al fisco nacional. Es fundamental exigir la factura”, explicó.

5. Los establecimientos que sean contribuyentes especiales deben entregar factura formal del Seniat a través de la máquina fiscalizadora o vía manual con el esquema prenumerado y todos los requisitos que establece el organismo.

6. El pago de 3% correspondiente al IGTF no excluye el pago de 16% relativo al Impuesto al Valor Agregado (IVA), destacó Lobo.

“Se paga el IVA normal, pero también se paga 3% por el uso de divisas”, enfatizó.

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