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06/02/2019 07:01 PM

Bancos deben retirar divisas en efectivo en el BCV por exigencia del gobierno

Bancos deben retirar divisas en efectivo en el BCV por exigencia del gobierno

Las instituciones bancarias deben pactar previamente con sus clientes el monto de las divisas que requerirán para luego hacer la solicitud al Banco Central de Venezuela de la cantidad exacta en efectivo.

«El Banco Central de Venezuela informa a los bancos universales y microfinancieros regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y por leyes especiales, el mecanismo para la realización de retiros en efectivo, producto de la aplicación de las divisas vendidas con ocasión de medidas de intervención cambiaria acordadas por este Instituto de conformidad con lo previsto en la Resolución N° 19-01-04 del 22/01/2019, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.573 del 28/01/2019», señala la circular emitida por el ente emisor el martes 5 de febrero y a la que tuvo acceso Banca y Negocios.

De acuerdo con la instrucción, los bancos solo podrán solicitar la entrega de divisas en efectivo necesarias para atender las operaciones de retiro de los depósitos especiales constituidos en virtud de las operaciones de venta de divisas pactadas con sus clientes, en función de la nueva política adoptada por el gobierno de Nicolás Maduro el 29 de enero.

De acuerdo a la información que maneja Banca y Negocios, solo empresas privadas consideradas como estratégicas, son las que pueden optar por el monto semanal preasignada por el BCV a cada banco.

La solicitud del efectivo al BCV debe hacerse «a partir del primer día hábil de la semana bancaria subsiguiente a la intervención, o previamente en caso que hayan reportado al BCV la colocación del monto total vendido en operaciones cambiarias con su clientes» bajo ciertas especificaciones, entre las que se incluyen que el pedido de billetes en euros se haga en múltiplos de 50 y de 100 en el caso de dólares de los Estados Unidos.

El horario para consignar los recaudos exigidos por la autoridad financiera es de  8:30 am y 2:30 pm en el piso 1 del edificio sede del Banco Central de Venezuela, ente que notificará a los bancos en un plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de consignación de la solicitud, la procedencia de la operación y la fecha de la entrega, indicando monto y denominación de las divisas correspondientes.

El BCV anunció el 29 de enero una política de intervención cambiaria -anclaje de la tasa Dicom en torno a BsS 3.300 y aumento del encaje legal- para secar liquidez y frenar el alza del precio del dólar paralelo y de esta manera detener la hiperinflación, que al cierre de 2018 se ubicó en 1.698.488,2%.

 

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