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16/08/2018 05:08 PM

BCV actualizó las normas que rigen la reconversión monetaria

BCV actualizó las normas que rigen la reconversión monetaria

El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó las normas que rigen la reconversión monetaria, una actualización de la emitida en abril para señalar que al bolívar se le quitarán cinco ceros y no tres como estaba previsto entonces.

El documento fue publicado este miércoles en la Gaceta Oficial N° 41.460 con fecha 14 de agosto y su entrada en vigencia es inmediata.

No hay grandes cambios con respecto al que se emitió inicialmente. Oficializa la circulación del nuevo cono monetario con parte del actual (billetes desde Bs 1.000 hasta Bs 100.000), y señala que los restantes deben ser depositados en los bancos para su desmonetización.

Reitera que «toda fracción resultante de la reexpresión que sea inferior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo inferior; mientras que el de toda fracción resultante de la citada reexpresión que sea igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo superior.»

Cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea igual o superior a cinco (5), el segundo decimal se elevará en una unidad; y cuando el tercer decimal de la cantidad reexpresada sea inferior a cinco (5), el segundo decimal quedará igual.

Detalla que el «redondeo se aplicará por una sola vez, con el objeto de que el precio o valor individual de los bienes y servicios, así como de otros importes monetarios reexpresados se lleven a dos (2) decimales».

Esta norma se aplicará también a combustibles de uso automotor, gas licuado del petróleo, servicios de agua, electricidad, aseo urbano, gas metano, telefonía e internet; acciones que se coticen o no en el mercado bursátil; tipos de cambio, pasajes de metro y metrobus, envíos postales en el país, la Unidad Tributaria, tarifas, tasas y otros precios públicos; y saldos de operaciones activas y pasivas del sistema financiero.

El ajuste implicará, como se ha venido señalando, un aumento de estos servicios y productos. Por ejemplo, en el caso de la Unidad Tributaria, que tiene un valor actual de Bs 1.200, al ser reexpresado sería BsS 0,012. Al atender el redondeo establecido en dos decimales su valor bajaría a Bs 0,01 (es decir Bs 1.000 actuales).

En la anterior versión de las normas se permitían hasta tres decimales y se permitían más en el caso de que fuese necesario.

Por otro lado, señala que hasta el 31 de agosto la cámara de compensación del BCV procesará los cheques con montos en bolívares actuales.

Normas reconversión

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