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15/09/2016 03:49 PM

Gobierno podrá limitar operaciones en efectivo y restringirlas a medios electrónicos

De acuerdo con el artículo cuarto publicado en la extensión del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica, que este jueves circula en Gaceta Oficial, el Ejecutivo Nacional podrá dictar medidas relativas a límites en el ingreso y egreso de fondos en efectivo.

A través del ministerio con competencia en Banca y Finanzas, en coordinación con el Banco Central de Venezuela, el gobierno podrá efectuar las condiciones necesarias «a los fines de establecer los límites máximos de ingreso o egreso de moneda venezolano de curso legal en efectivo», indica el texto. 

De igual manera, se podrá establecer «restricciones a determinadas operaciones y transacciones comerciales o financieras, restringir dichas operaciones al uso de medios electrónicos debidamente autorizados en el país». 

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